19 de diciembre de 2008 www.clavedigital.com |
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El jurista Cristóbal Rodríguez considera que la decisión de los jueces tiene un matiz político y revierte, sin previo aviso, garantías ciudadanas |
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El fallo de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que declaró inadmisible las acciones en inconstitucionalidad contra el contrato de préstamo de 130 millones de dólares suscrito por el Estado y la compañía SunLand, carece de fundamentación jurídica, consideró este viernes el especialista Cristóbal Rodríguez. “Es un fallo que no tiene ninguna fundamentación jurídicamente racional, sino solamente la presencia determinante del poder político en el comportamiento y las decisiones del Poder Judicial”.
“Esa sentencia es un signo de la debilidad del poder judicial, de la poca dependencia del poder judicial, de la ingerencia política en el comportamiento de los jueces y del agotamiento, porque no podemos continuar con la reforma judicial con una corte suprema de justicia arrodillada ante los altares del poder”, manifestó. Rodríguez, quien participó en los foros sobre la reforma constitucional con el tema de las garantías constitucionales, se mostró en desacuerdo con la sentencia al considerar que la SCJ se ha puesto de espalda a la Constitución, pese a que su misión principal es salvaguardar su supremacía y los derechos fundamentales de los ciudadanos. El jurista señaló además que el fallo es un signo de agotamiento total del proceso de reforma del Poder Judicial que se ha llevado a cabo durante más de 10 años. Parte interesada “Desde el 6 de agosto de 1998 ha tenido un criterio permanente en el que parte interesada es cualquier ciudadano en materia de control de constitucionalidad, entonces no puede la SCJ cambiar el criterio, cambiar de parecer sin ni siquiera tener la delicadeza de explicar las razones de ese cambio”, agregó. El jurista entiende que constituye una amenaza a la seguridad jurídica, el que la SCJ decida cambiar sus criterios “sin dar razones” y otorgar un fallo que contraviene las disposiciones constitucionales. “Esa práctica de cambiar de criterios sin dar razones es una de las amenazas más sensibles a la seguridad jurídica porque todos los ciudadanos y abogados dominicanos creímos hasta ayer que todos estábamos titulados para demandar la inconstitucionalidad de las leyes porque así nos lo había dicho la SCJ, ahora resulta que sin razones, sin fundamentos, sin explicaciones la corte se despacha diciendo que no”, puntualizó. |
viernes, 19 de diciembre de 2008
El fallo de la SCJ “no tiene fundamento jurídico”, según especialista
MVM critica fallo de la SCJ en caso Sun Land
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19 de diciembre del 2008 | ||||||||||||||||||||||||||||
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El dirigente del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), Miguel Vargas Maldonado, se sumó a las críticas que ha recibido la sentencia que emitió la Suprema Corte de Justicia que declaró inadmisibles los recursos de inconstitucionalidad sometidos contra el contrato suscrito por el Gobierno y la empresa Sun Land. Para el político el fallo del alto tribunal judicial "exonera al poder Ejecutivo de una flagrante violación a la Constitución de la República". Planteó asimismo que con la sentencia se evidencia que en el país hay un "serio" déficit institucional al que hay que enfrentar con firmeza. Vargas habló en un acto de la dirigencia perredeísta de Santiago efectuada en la residencia del empresario Frank Marte y que contó con la presencia del presidente provincial diputado Ulises Rodríguez, entre otras personalidades. Los recursos de inconstitucionalidad contra el contrato entre el Estado y la Sun Land fueron depositados por el Partido Revolucionario Dominicano y el Foro Social Alternativo hace más de un año, al plantear que con su ejecución se violó la Constitución al no ser aprobado por el Congreso Nacional como establece la Carta Magna. |
PRD considera sentencia Sun Land es una herida profunda al Estado de derecho
19 de diciembre de 2008 www.elnuevoiario.com.do | |||||||||||||||||||||
- SANTO DOMINGO, RD.-El Partido Revolucionario Dominicano (PRD) dijo este viernes que la sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia (SCJ) es una herida profunda a la Constitución de la República, al pretender cercenar el derecho que tienen los dominicanos de imponer acciones en inconstitucionalidad, cuando se trate de violaciones flagrantes como es el caso del préstamo a la Sun Land.
El presidente del PRD, Ramón Alburquerque, junto al secretario general, Orlando Jorge Mera, indicó que la sentencia en el caso de la Sun Land, constituye un atentado al Estado de derecho de la República Dominicana, y diminuye la confianza que tiene el pueblo de vivir en un país que imperen la Constitución y las leyes. Se recuerda, que la SCJ declaró inadmisible ayer jueves los recursos de inconstitucionalidad interpuestos por el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y el Foro Social Alternativo (FSA), contra el contrato de préstamo por US$130 millones entre el gobierno dominicano y la empresa Sun Land. Jorge Subero Isa, presidente de la Suprema, alegó que quienes debieron presentar esos recursos fueron el Poder Ejecutivo y el Congreso Nacional, a través de los presidentes de las cámaras legislativas, donde debió ir la solicitud de préstamo. Al respeto, indicaron que el PRD lo que hizo fue actual como doliente de la violación que se hizo en el caso de la Sund Land, que se actuó sin legalidad, pero con esa sentencia la SCJ da un paso atrás, con una visión conservadora que limita el derecho ciudadano, para denunciar actos de esta naturaleza. Sin embargo, la entidad política destacó la valentía en su posición de los jueces Ana Rosa Bergés Dreyfous, Eglys Margarita Esmurdoc y Julio Aníbal Suárez, cuyo voto disidente salva la credibilidad del Poder Judicial. Manifestaron que respeta las declaraciones del presidente de la Suprema, Jorge Subero Isa, previo a la lectura del dictamen; pero entienden que ese fallo ha revelado la fragilidad institucional a la que están sometidos los poderes del Estado. Igualmente, el partido opositor advierte que el caso de la Sun Land no ha perecido ni clausurado y que no se cerrará con sentencias que respondan a criterios del pasado. Expresaron que sólo concluirá cuando un juez de manera irrevocable, administre justicia independiente e imparcial y sancione a los responsables. A continuación : Declaración Pública Con motivo de la sentencia dictada el 18 de diciembre de 2008 por la Suprema Corte de Justicia que declaró "inadmisible por falta de calidad" la acción en inconstitucionalidad sometida el 18 de octubre de 2007 por el Partido Revolucionario Dominicano sobre el préstamo de US$130 millones conferido a la empresa Sun Land Corporation por el presidente Leonel Fernández, sin la autorización del Congreso Nacional, en violación a la Constitución de la República, el Partido Revolucionario Dominicano informa a la opinión pública nacional e internacional lo siguiente: 1.- La sentencia de la Suprema Corte de Justicia constituye un atentado al Estado de Derecho de nuestro país, y reduce las esperanzas que tienen los dominicanos de vivir en una Nación en la que imperen la Constitución y la ley, y que, en tal virtud, la rendición de cuentas no solo sea un enunciado, sino una realidad. 2.- Esta sentencia le han inferido una herida profunda a la Constitución de la República, al pretender cercenar el derecho que tienen los dominicanos de interponer acciones en inconstitucionalidad cuando se trate de violaciones flagrantes a la Carta Sustantiva del Estado, como ha sido la actuación y la conducta del presidente Leonel Fernández en este caso. 3.- Fue esta misma Suprema Corte de Justicia que se encargó de definir el concepto de "parte interesada" cuando magistralmente en sentencia de 7 de agosto de 2002, a propósito de una acción directa en declaratoria de inconstitucionalidad de la Ley No.73-02 del 2 de julio de 2002, interpuesta por el Movimiento Independencia Unidad y Cambio (MIUCA), cuando afirmó: "Considerando, que el artículo 67, inciso 1, de la Constitución de la República dispone que corresponde exclusivamente a la Suprema Corte de Justicia, sin perjuicio de las demás atribuciones que le confiere la ley, conocer en única instancia de la constitucionalidad de las leyes, a instancias del Poder Ejecutivo, de uno de los Presidentes de las Cámaras del Congreso nacional o de parte interesada; que la última parte de esa disposición ha sido interpretada por esta Suprema Corte de Justicia en el sentido de que "parte interesada" es aquella que figure como tal en una instancia, contestación o controversia de carácter administrativo o judicial, o contra la cual se realice un acto por uno de los poderes públicos, basado en una disposición legal, pretendidamente inconstitucional, o que justifique un interés legítimo, directo y actual, jurídicamente protegido, o que actúe como denunciante de la inconstitucionalidad de la ley, decreto, resolución o acto, para lo cual se requerirá que la denuncia sea grave y seria". 4.- El Partido Revolucionario Dominicano, con su acción de inconstitucionalidad del 18 de octubre de 2007, lo que hizo fue justamente actuar como "denunciante de la inconstitucionalidad", tal como siempre mantuvo este criterio el más alto tribunal del país. 5.- Con su sentencia del 18 de diciembre, la Suprema Corte de Justicia da un paso atrás, retrocede mucho, pero mucho, años atrás, con una visión conservadora que cercena y elimina el derecho que tienen todos los ciudadanos para denunciar actos inconstitucionales, como lo es el préstamo de la Sun Land. 6.- El Partido Revolucionario Dominicano resalta la posición valiente de los Magistrados Ana Rosa Bergés Dreyfous, Eglys Margarita Esmurdoc y Julio Aníbal Suárez, cuyo Voto Disidente, salva la credibilidad del Poder Judicial. 7.- El Partido Revolucionario Dominicano respeta las afirmaciones del Magistrado Presidente de la Suprema Corte de Justicia, Dr. Jorge A. Subero Isa, hechas antes de la lectura de la sentencia, y en ese sentido, afirma que, con su sentencia, la Suprema Corte de Justicia ha revelado la fragilidad institucional a que están sometidos los Poderes del Estado, como consecuencia de la imposición de la reelección del presidente Leonel Fernández. 8.- Nuestra organización política se siente con su conciencia tranquila. Al haber hecho esta denuncia, hicimos un gran servicio al país, al develar lo que, a nuestro juicio, es un préstamo escandaloso y oscuro que demuestra las maniobras que se hacen desde el Poder en procura de financiamientos turbios y poco transparentes, sin la aprobación del Congreso Nacional. Con la agravante de que todavía no se conoce a ciencia cierta a dónde fue a parar dicho dinero. 9.- El PRD continuará prestando este servicio al país. Y advierte que el caso de la Sun Land no ha perecido ni clausurado, ni aunque la voluntad omnímoda del presidente Fernández así lo quiera. El caso de la Sun Land no lo cierra la Suprema Corte de Justicia, mucho menos con sentencias que responden a criterios del pasado. El caso de la Sun Land concluirá cuando un juez de manera irrevocable administre justicia, independiente e imparcial, y sancione a los responsables, hoy cobijados bajo la sombra del Poder, de uno de los más escandalosos casos de corrupción en nuestro país. |
Dos jueces CC 'sacan cara' ante escándalo
SANTO DOMINGO.- Dos de los jueces que componen la Cámara de Cuentas decidieron hoy, como salvavidas en medio de un naufragio, responder a las denuncias sobre la aprobación de pagos fuera de la ley a los miembros de este organismo fiscalizador.
Jorge Suncar Morales y Juan Luís Seliman calificaron a través de una nota de prensa de "divorciadas de la verdad" la revelación de que se aprobaron pagos por sueldos y regalía pascual por un monto de RD$560 mil pesos.
La ley que rige la CC establece que estos beneficios rigen para empleados con un mínimo de tres meses en sus cargos. Los actuales jueces, encabezados por Licelott Marte de Barrios, fueron juramentados el pasado 9 de octubre. Tienen 72 días en el cargo.
Sin embargo, Suncar y Seliman no ofrecen ningún dato que contradiga la información señalada en varios medios de comunicación y se limitan a indicar que será la presidenta del organismo que "en su oportunidad ofrecerá detalles sobre los infundios".
De cal y arena
Hace apenas seis meses la Cámara de Cuentas fue epicentro de un escándalo, cuando sus miembros se enfrascaron en autoacusaciones sobre irregularidades dentro del organismo. La situación desencadenó una investigación que dio pie a un juicio político en el Senado, durante el que su entonces presidente, Andrés Terrero, y seis jueces renunciaron. Sólo uno de ellos, Alcides Decena Lugo enfrentó el proceso que finalizó con su destitución.
Finjus deplora sentencia caso Sun Land
A juicio de Servio Tulio Castaños Guzmán, vicepresidente de la Finjus, sólo bastaría con que cualquier partido controle las presidencias de las Cámaras del Congreso Nacional para tener un cheque en blanco que le permitiría vulnerar los trámites constitucionales en los empréstitos públicos y demás actos que deban ser objeto de aprobación congresional.
"En tales circunstancias, a los ciudadanos no nos quedaría otra opción que mirar con estupor e impotencia como la Constitución es liquidada, afectando de paso el sistema de contrapesos, ya que ni siquiera una minoría de legisladores podría denunciar la violación constitucional, como ocurre en Francia", agrega.
Finjus expresó consternación ante la inadmisibilidad del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Partido Revolucionario Dominicano y el Foro Social Alternativo contra el Estado, por considerar que la misma debilita el estado de derecho y la seguridad jurídica.
La Suprema Corte de Justicia tuvo que restringir el precedente de la sentencia constitucional pronunciado el 8 de agosto de 1998, que establece la figura del denunciante de la inconstitucionalidad como una verdadera acción popular que permitía a cualquier ciudadano erigirse en centinela de la constitucionalidad sin necesidad de alegar la afectación de un bien jurídico o un derecho subjetivo o patrimonial, consideró el vicepresidente de la FINJUS.
Al ponderar la sentencia consideró que significa un injustificable retroceso en materia de acceso a la justicia constitucional de todos los dominicanos.
Además que es urgente la adopción de un nuevo modelo de reforma constitucional que garantice, mediante la implantación de una Sala Constitucional en el seno de la Suprema Corte de Justicia, una justicia constitucional expedita, que reconozca los derechos fundamentales de la población y garantice su acceso pleno a esta jurisdicción, elementos que son vitales para la consolidación de la seguridad jurídica y la institucionalidad democrática dominicana.
Julio Cury pondera sentencia
En cambio el jurista Julio Cury consideró que la sentencia dictada ayer por la Suprema Corte de Justicia es jurídicamente correcta, pues reafirma la indispensable necesidad del interés como causa de admisibilidad de todo proceso judicial.
Cury aclaró que la SCJ reiteró su criterio "con impecable rigor jurídico, de que poder ejercer una acción en justicia es preciso justificar un interés jurídico y legítimo, de modo que solo aquel contra quien se ha atentado en el goce de una situación jurídica, o a cuyo favor la ley inviste con la facultad de exigir su cumplimiento o deducir consecuencias de su incumplimiento, puede ejercerla.
Expresó que la perturbación de carácter constitucional en que incurrió el Poder Ejecutivo al suscribir el contrato con la empresa The Sun Land Corporation RD S.A., "no obstante haber sido admitida y reconocida por nuestro más alto tribunal en su decisión de ayer, no amenazaba el derecho de ninguno de los recurrentes, y consecuentemente, carecían de interés directo y personal para invocar la inconstitucionalidad del contrato impugnado".
Candelier dice sentencia Sun Land es una infamia
"Vemos ante los ojos de la sociedad una reacción de indignación colectiva, ante esta sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia, sobre el caso de la Sun Land, sentencia, que, revela por lo demás, una profunda división hacia lo interior de esa máxima Corte de Justicia", afirmó Candelier.
Cuando pensábamos que habíamos superado el carácter impopular y discriminatorio, del derecho sagrado al uso del recurso de inconstitucionalidad válido para cualquier ciudadano y organización legal en el país "la Suprema Corte de Justicia se dispara con estos argumentos de inadmisiblilidad"
Nosotros apoyamos los planteamientos y planes de luchas anunciados por el Partido Revolucioanrio Dominicano, en la dirección de hacer prevalecer la justicia, y a la vez condenamos "una sentencia que trata de introducir un ambiente de ilegalidad en el país, y así reducir toda legitimidad, de la expresión social a solo dos presidentes legislativos, que son del partido oficial".
Candelier, aseveró que "la condena del fondo en el caso Sun Land por inconstitucional y la declaración de inadmisibilidad en el dispositivo, muestra la profunda contradicción y la falta de liderazgo de esa Corte de Justicia".
Inadmisible, pero violó la Constitución
Los nuevos jueces de la Cámara de Cuentas cobran ilegalmente incentivos por RD$563 mil
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19 de diciembre de 2008 www.clavedigital.com | |||
Trabajos de Noticias SIN revela que los nuevos funcionarios se aprobaron la regalía pascual, pese a que no tienen ni tres meses en sus puestos | |||
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Pese a que fueron juramentados en sus cargos hace menos de tres meses, los jueces de la Cámara de Cuentas se aprobaron pagos individuales por concepto de sueldo y regalía pascual por un monto de RD$560 mil pesos entre el 8 y el 9 de diciembre pasado, en flagrante violación al reglamento interno de esa institución. La revelación la hizo la noche de este jueves el notificiero SIN, que conduce la periodista Alicia Ortega, por la televisora Antena Latina.
Los recursos fueron depositados en sus respectivas cuentas corrientes y de ahorros. El reglamento interno del organismo fiscalizador de las finanzas públicas establece que sus empleados tienen derecho al pago del llamado sueldo 13 cuando han cumplido un mínimo de tres meses de servicios en la institución. Los recién instalados miembros de la Cámara de Cuentas fueron juramentados el pasado 9 de octubre, por lo que no calificaban para autorizarse el pago de la regalía pascual. El organismo, presidido por Licelot Marte de Barrios, está integrado además por Pablo del Rosario, vicepresidente; el ex senador Iván Rondón Sánchez, secretario; Juan José Heredia Corporán, José Nicolás Almánzar, Jorge Suncar Morales, Pedro Ortiz Hernández, José Attías Juan, y Juan Luís Séliman. En ese sentido, el director ejecutivo de Participación Ciudadana, Javier Cabrera, consideró la medida de la Cámara de Cuentas, en entrevista con Noticias SIN, “como un mal ejemplo” porque violenta la ley que establece el monto de regalía pascual que cada empleado debe recibir de acuerdo al tiempo de servicio, además del reglamento interno que rige al organismo. El periodista Marino Zapete calificó la disposición como “un robo” a las finanzas públicas, ya que según dijo los jueces del organismo no habían acumulado ni siquiera tres meses de servicios, tiempo con el que hubiesen merecido apenas la duodésima parte del salario que devengan actualmente. El informativo de televisión mostró, además, una lista en la que aparecen los nombres de los miembros de la entidad recibiendo pagos por concepto de incentivos entre el 8 y el 9 de diciembre, lo que elevó la suma depositada en sus respectivas cuentas a 563,947 pesos cada uno. “Eso es un descaro, pero además es la mayor evidencia de que para el gobierno que colocó a esas personas ahí, la decencia en el uso de los fondos públicos no importa nada”, refirió Zapete. Los miembros de Cámara de Cuentas se estrenan así en la Cámara de Cuentas, luego de sustituir los jueces que renunciaron en julio pasado en medio de un escándalo que llevó a varios de ellos a juicio político por haber dispuesto gigantescos aumentos de sueldos a pocos días de haberse aprobado en el Congreso Nacional una ley de austeridad. El pleno de la Cámara de Cuentas fue escogido en octubre pasado por el Senado de la República, mediante una terna sometida por el presidente Leonel Fernández, para sustituir al que encabezó el renunciante Andrés Terrero. El juez Terrero y los otros 7 miembros de la Cámara de Cuentas fueron sometidos a un juicio político por el Congreso Nacional por la comisión de supuestas irregularidades en el desempeño de sus funciones. Sólo Alcides Benjamín Decena Lugo se mantuvo incólume a la espera del juicio, mientras que el resto renunció con el cuenta gotas y sus diferentes alegatos. |
Organizaciones definen sentencia retroceso peligroso y lamentable
19 de diciembre de 2008
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Javier Cabreja.
El movimiento cívico Participación Ciudadana, el Centro Juan Montalvo y la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (Flacso) consideraron ayer como un retroceso “peligroso y lamentable” la sentencia de la Suprema Corte de Justicia que declaró inadmisibles los recursos de inconstitucionalidad en contra del contrato de la Sun Land y el Estado.
Representantes de esas entidades se refirieron por separado a los recursos que sometieron por ante la SCJ, el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y Foro Social Alternativo sobre el préstamo de US$130 millones de la Sun Land al Estado dominicano.
PC. En declaraciones por escrito, Participación Ciudadana lamenta profundamente el precedente creado por la SCJ, cuando expresa que sólo los presidentes de las Cámaras Legislativas pueden demandar la inconstitucionalidad de las leyes y contratos por falta de cumplimiento de un trámite, como es, por ejemplo, la aprobación congresional.
Entiende que esa decisión implica una pérdida del espacio ganado por la ciudadanía a través de decisiones anteriores de la propia Suprema, en las que se había reconocido la calidad de parte interesada a cualquier ciudadano que demande o denuncie la inconstitucionalidad de cualquier ley, decreto, resolución o acto.
Reclama. PC reclamó al Poder Ejecutivo que informe a la Nación cuál ha sido la suerte de los pagarés firmados en esta operación, quién es el acreedor, a cuánto asciende el monto adeudado y los intereses que genera el capital, y si la Sun Land entregó al Estado la carta de crédito irrevocable por US$41,052,630 a la que se obligó de acuerdo con el contrato de revocación, para garantizar el desembolso de los pagarés en manos de terceros.
Centro Juan Montalvo. De su lado, Juan Luis Corporán, vocero de esa entidad, criticó que la justicia no castigue la corrupción pública.
Dijo que ven con asombro la decisión de la Suprema y señala que se trata de un asunto político en el que se está defendiendo lo indefendible.
FLACSO. Para el especialista en derecho constitucional, Nassef Perdomo la Suprema con esa decisión limita la capacidad de los ciudadanos a reclamar sus derechos y ser parte interesada, tal y como lo establece el artículo 67.1 de la Constitución.
Consideró que se sienta un precedente nefasto, que contradice la jurisprudencia. Otorga la razón a jueces de la Suprema disidentes.
Sentencia provoca alud de críticas
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Participación Ciudadana pidió una explicación de la suerte de los pagarés
La esperada sentencia de la Suprema Corte de Justicia despertó indignación entre entidades y juristas, que criticaron la decisión y la consideraron, en general, un precedente nefasto para la justicia dominicana. El Foro Social Alternativo, que inició uno de los recursos de inconstitucionalidad, dijo que la sentencia es un fallo político. El PRD, el otro impugnador, la rechazó y prometió más detalles.
El Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), así como varios profesionales del derecho afirmaron ayer que la decisión de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) de declarar inadmisibles los recursos de inconstitucionalidad presentados contra el contrato de la Sun Land sienta un precedente nefasto en la justicia dominicana.
Se refirieron al tema el presidente del CARD, José Fernández Pérez Vólquez, el jurista Carlos Salcedo, el decano de la escuela de derecho de la Universidad del Caribe (Unicaribe), Pedro Duarte Canaán y la ex fiscal adjunta Ingrid Hidalgo.
Gremio. De su lado, el presidente del gremio que agrupa a los abogados manifestó que esa decisión es una “sorpresa negativa” en cuanto a la alegada falta de calidad jurídica de las partes recurrentes.
Contrario a la decisión del máximo tribunal de justicia, Pérez Vólquez entiende que cualquier persona o entidad jurídica tiene calidad para accionar en justicia si entiende que alguna acción es inconstitucional.
En ese sentido, se preguntó: “¿quién tiene entonces la calidad para presentar un recurso de inconstitucionalidad frente a un acto de un funcionario o de un órgano del gobierno?”.
Jurista. De su lado, el jurista Carlos Salcedo consideró que este fallo constituye un precedente nefasto e inexplicable desde el punto de vista jurídico, “porque es una negación de derechos fundamentales, de principios elementales de la soberanía que al final de cuenta forman parte del sistema democrático”.
Decano. En tanto, Duarte Canaán dijo que cualquier ciudadano está investido del derecho de promover la inconstitucionalidad de una ley, “en este caso de una acción del gobierno de solicitar un préstamo sin el aval del Congreso Nacional”. “Se sienta un precedente funesto porque coloca a la ciudadanía en un estado de indefensión”, enfatizó.
A seguidas, añadió que este fallo está salpicado “de un interés marcado de los jueces de la Suprema Corte de Justicia para permanecer en el cargo ante el inminente cambio que se cierne sobre el Poder Judicial”.
Tambié, la ex fiscal adjunta Ingrid Hidalgo criticó enérgicamente la decisión del tribunal.
Zoom
Contrato
Tanto el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) como el Foro Social Alternativo presentaron sendos recursos de inconstitucionalidad contra el contrato por US$130 millones firmado por el gobierno con la empresa Sun Land, tras alegar que el mismo no contó con la aprobación del Congreso Nacional. Después de largos meses de espera, ayer la Suprema Corte de Justicia (SCJ), con el voto disidente de tres jueces, declaró inadmisibles los recursos de inconstitucionalidad.
Caso de la Sun Land divide Suprema Corte
19 de diciembre de 2008
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La SCJ señala que el Poder Ejecutivo estaba en el deber ineludible de someter el contrato a la sanción del Congreso
La Suprema Corte de Justicia declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad elevado por el PRD y por el Foro Social Alternativo en el caso del contrato firmado entre el Estado dominicano y The Sunland Corporation, R. D., S. A., por un monto inicial de US$130 millones. Pero tres jueces consideraron que el recurso debió ser declarado admisible. La Suprema, sin embargo, considera que el contrato debió ser enviado al Congreso.
Alegando falta de calidad de los impetrantes y con dos bloques de votos disidentes, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró inadmisibles ayer, los recursos en inconstitucionalidad interpuestos contra los contratos de préstamos entre la Sun Land Corporation y el Estado Dominicano por US$130 millones, sin la aprobación del Congreso Nacional.
El tribunal consideró en su decisión que aunque ciertamente el Poder Ejecutivo estaba en el “deber ineludible” de someter a la aprobación del Congreso Nacional los contratos de préstamos en discusión, sólo los presidentes de las cámaras legislativas podrían ser considerados como parte interesada y con calidad para ejercer la acción que intentaron el Foro Social Alternativo y el Partido Revolucionario Dominicano en octubre de 2007.
En las tres instancias, tanto el FSA como el PRD alegan que al haber contraído el Estado los préstamos, ignorando el mandato del artículo 37, inciso 13 de la Carta Magna, “esa omisión los convierte en actos nulos de pleno derecho, además de otras violaciones de carácter constitucional en que se ha incurrido en el caso”.
Votos Disidentes. La decisión, esperada por un año y dos meses, contó con los votos disidentes de los jueces Ana Rosa Bergés, Eglys Margarita Esmurdoc y Julio Aníbal Suárez, quienes opinan que el alto tribunal debió admitir los recursos y abocarse a conocer el fondo, ya que, a juicio de esos magistrados, la decisión adoptada por la SCJ constituye un impedimento al acceso a la justicia.
Entienden que al adoptar el criterio de que la acción sólo puede ser solicitada por el órgano que fue obviado en el trámite del préstamo, en este caso los presidentes de las cámaras legislativas, se impide que la ciudadanía pueda ejercer acciones similares en caso de que los funcionarios frente a los que tenga que realizarse una gestión determinada, coincidan con dicha omisión.
Eso “haría surgir un estado de inercia que no podría ser vencido por la ciudadanía”, expresaron.
Voto salvado. Los jueces Rafael Luciano Pichardo, José Hernández Machado, Hugo Álvarez Valencia, Margarita Tavares y Darío Fernández Espinal consideraron que más que en la falta de calidad, el fallo debió ser sustentado en la falta de objeto debido a que el contrato del Estado con la empresa Sun Land fue disuelto.
Y opinaron que en caso de no haber sido rescindido el contrato el acuerdo de préstamo con la Sun Land Corporation no requería de la aprobación del Congreso, debido a que estaba avalado en 19 pagarés que carecían del carácter de empréstito sobre el Crédito de la República, fundamental para la sanción congresional.
Antecedentes
Caso Sun Land en la SCJ
Octubre de 2007:
El FSA y el PRD presentan tres recursos de inconstitucionalidad contra los contratos de préstamos entre la Sun Land Corporation y el Estado Dominicano
Noviembre de 2007:
De manera sorpresiva el gobierno anuncia que rescindió los contratos con la Sun Land.
Enero de 2008:
La Procuraduría dictamina que los recursos deben ser rechazados por improcedentes, mal fundados y carentes de base legal.
Falta liderazgo
El presidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa, dijo que ese tribunal necesita de un nuevo líder, que sea capaz de aglutinar de manera más integral su pensamiento jurídico.
“No han oído mal, oyeron muy bien, oyeron muy bien. El presidente de la SCJ dice que la SCJ necesita de un nuevo líder capaz de aglutinar de una manera más uniforme el criterio jurídico de la corte”, expresó Subero Isa, previo a disponer la lectura de la sentencia del caso Sun Land.
Exhortó a leer de manera cuidadosa el fallo de la SCJ, en el que fueron incluidos los dos bloques de votos disidentes emitidos por ocho jueces, tres que pedían que el caso se admitiera y cinco que entienden que las razones para la inadmisibilidad debían ser otras.
“Esta sentencia a los cinco minutos de ser leída estará en la página web de la SCJ a fin de que la comprendan, entiendan e interpreten completamente, sin llevarse solo en el dispositivo”, indicó.
Dijo que la decisión tiene la característica especial de que en ella están incluidos de manera in extensa los dos bloques de los votos disidentes, “ que significan que los signatarios no están de acuerdo con el cuerpo central ni con el dispositivo de la sentencia, por las razones que ellos mismos aducen”, precisó el magistrado.
Aclaró que las disidencias planteadas son de carácter jurídico y que no hubo absolutamente ningún elemento de naturaleza política que contaminara la decisión.
Fue notoria en la audiencia la ausencia de las partes involucradas en el recurso.
Pared pide retirar de Presupuesto préstamo por US$1,900 millones
19 de diciembre de 2008
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El presidente del Senado, doctor Reinaldo Pared Pérez, solicitó al Poder Ejecutivo el retiro del proyecto de Presupuesto Nacional 2009 de una partida de préstamos por US$1,900 millones que serían contratados en un período de cuatro años. El político y jurista dijo que si el Congreso aprobara este aspecto de la pieza estaría violando la Constitución de la República y leyes adjetivas.
La razón es, dijo, que la Ley de Presupuesto sólo rige por un año. Indicó que si el Poder Ejecutivo envía esta enmienda a tiempo, el Senado podría conocer el lunes, de urgencia, el Proyecto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos.
El presidente del Senado Reinaldo Pared Pérez pidió ayer, directivos y miembros de la ADP se presentaron al Congreso en reclamo de mayor inversión en educaciónEl presidente del Senado, doctor Reinaldo Pared Pérez, solicitó al Poder Ejecutivo el retiro del proyecto de Presupuesto Nacional 2009 de una partida de préstamos por US$1,900 millones que serían contratados en un período de cuatro años. El político y jurista dijo que si el Congreso aprobara este aspecto de la pieza estaría violando la Constitución de la República y leyes adjetivas.
La razón es, dijo, que la Ley de Presupuesto sólo rige por un año. Indicó que si el Poder Ejecutivo envía esta enmienda a tiempo, el Senado podría conocer el lunes, de urgencia, el Proyecto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos.
El presidente del Senado Reinaldo Pared Pérez pidió ayer al Poder Ejecutivo que elimine la consignación en el Presupuesto del 2009 de los US$1,900 millones en financiamientos, ya que el Congreso Nacional no los aprobará en razón de que, de hacerlo, violaría la Constitución y leyes adjetivas.
Señaló entre esas están las leyes de Crédito Público, de Planificación de las Inversiones y de Presupuesto.
Indicó que los artículos 24 y 25 del proyecto de Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos autorizan al Poder Ejecutivo a tomar los US$1,900 millones durante cuatro años.
Sin embargo, Pared Pérez significó que la ley de Presupuesto sólo rige por un año, por lo que no procede que esa legislación disponga autorización para financiamientos por cuatro años.
Advirtió que si el Poder Ejecutivo remite el addéndum a tiempo, el Senado conocerá el lunes próximo, en sesión extraordinaria, el proyecto de Presupuesto.
Desautoriza. Pared Pérez, en su condición de secretario general del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), desautorizó a la comisión de Cultos de esa entidad a tratar asuntos como si fuera el partido mismo.
El dirigente político se refirió específicamente a la declaración de esa comisión en el sentido de que el PLD planteó el aplazamiento de la discusión del proyecto de ley sobre religiones, que cursa en la Cámara de Diputados.
Ese organismo propone la inserción de un párrafo en el artículo 32 de la reforma constitucional, en el que se establezca un plazo de 24 meses para elaborar una Ley General de Cultos.
Pared Pérez dijo que la solicitud de ese organismo del PLD de ninguna manera constituye la posición oficial del partido.
La frase
Reinaldo Pared Pérez:
Al Poder Ejecutivo le asiste la facultad de observar o no las leyes que apruebe el Congreso Nacional, en este caso la que dispone el sueldo 14 para los servidores de la administración pública”, dijo el presidente del Senado sobre la iniciativa del diputado Luis José González Sánchez, que fue convertida en ley, pero cuya vigencia objeta el secretario de Finanzas, Vicente Bengoa.
PRD, Foro Social y PC molestos por fallo SCJ
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Jueces consideran inadmisibles recursos caso Sun Land | ||||||||||||||||||||||||||||
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El PRD, el Foro Social Alternativo y Participación Ciudadana deploraron la decisión de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), de considerar inadmisible el caso Sun Land. El hecho de que el máximo tribunal del país expresara que los sustentantes de los recursos, el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y el Foro Social Alternativo (FSA), no tienen calidad para presentarlos, fue repudiado por estas organizaciones, que entienden que el estado de derecho ha sido vulnerado. Sin embargo, la Corte, actuando como Sala Constitucional, indicó que es una potestad exclusiva del Senado y la Cámara de Diputados elevar ese tipo de recurso. Mientras Participación Ciudadana señala, en una nota de prensa, que en la página 11 de la misma sentencia, la SCJ especifica que el contrato debió ser enviado al Congreso, con lo cual hubo una violación a la Constitución, por lo que de no haberse restado calidad a los demandantes, la declaratoria hubiera sido de inconstitucionalidad. La Sun Land y el Estado negociaron dos préstamos, el primero por 130 millones dólares y un segundo de 111 millones 986 mil dólares por concepto de obras, equipos y servicios de supervisión a través de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado. La demanda en nulidad fue presentada por el PRD, asistido de Ramón Alburquerque y Orlando Jorge Mera, con Rafael Mejía Guerrero como abogado; y la segunda acción por los sindicalistas Fidel Santana, Víctor Gerónimo, Manuel Castaños, Ricardo Florenzán, Santa Daniela Rodríguez y Socorro Monegro. Los opositores argumentaron que eran ilegales, porque las partes realizaron los desembolsos sin seguir los procedimientos que establece la Constitución en su artículo 113 que indica que toda erogación de fondos públicos debe realizarse según ordena Ley 110. Los jueces Ana Rosa Bergés, Eglys Margarita Esmurdoc y Julio Aníbal Suárez, dijeron que los recursos debieron ser declarados inconstitucionales para impedir que otros funcionarios continúen contrayendo obligaciones a cargo del Estado al margen del control congresual y judicial, desconociendo el equilibrio que debe primar entre los poderes del Estado. Otra razón de los jueces disidentes expresa que al rechazar el recurso se limita el acceso a la Justicia de los ciudadanos. Pero, los magistrados Rafael Luciano Pichardo, Hugo Álvarez Valencia, José Hernández Machado, Margarita Tavárez y Darío Fernández Espinal, emitieron “otro voto disidente salvado”, diciendo que procedía declarar los recursos inadmisibles, porque por los documentos que existen en el expediente de los préstamos “confirman que no se requería la sanción del Congreso, porque no constituyen un empréstito sobre el Crédito de la República”. En tanto, el presidente de la SCJ antes de leer el fallo pidió al auditorio que escuchara muy bien “creo que la Suprema Corte de Justicia necesita de un nuevo liderazgo, capaz de aglutinar de manera más integral el pensamiento jurídico de la Corte, no han oído mal, oyeron muy bien”. Partido ofrecerá más detalles hoy Conocida la decisión de la Suprema Corte de Justicia, el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y el Foro Social Alternativo, entidades que sometieron sendos recursos de inconstitucionalidad contra el cuestionado préstamo, no tardaron en repudiar el dictamen, divulgado un año después de haber sido presentado ante el máximo organismo judicial. “Nosotros rechazamos esta decisión, y mañana (hoy), luego de estudiar y conocer con detalles la misma, vamos entonces a dar nuestra opinión, pero anticipo que para nosotros este caso no concluye aquí, porque es un caso muy importante, ya que cuestiona el estado de derecho en el país”, expresó Orlando Jorge Mera, secretario general del PRD. Dijo que la dirigencia de su partido fijará su posición oficial hoy viernes a las 10:00 de la mañana, durante una convocatoria a toda la prensa nacional. Creen vulnera el estado de derecho El vocero del Foro Social Alternativo, Víctor Gerónimo, considera que la decisión de la Suprema Corte vulnera el estado de derecho de República Dominicana, “dado que cualquier ciudadano que entienda que se está violando la Constitución, puede someter un recurso de inconstitucionalidad”. Precisa que la decisión dada a conocer ayer no es más que un adefesio jurídico por parte de los jueces que votaron a favor de la declaratoria de inadmisibilidad. “Nosotros creemos que esta decisión está influenciada por el Poder Ejecutivo; que no hay independencia de poderes en República Dominicana y que desde el primer día en que se sometió el recurso de inconstitucionalidad, la Suprema Corte de Justicia dio muestras de negligencia y apatía por el recurso y por el curso de los acontecimientos”, denunció Gerónimo. Ven pérdida del espacio ganado Participación Ciudadana expresó en un comunicado de prensa que lamenta profundamente el precedente creado por la Suprema Corte de Justicia con la sentencia del caso Sun Land, en el que señala que sólo los presidentes de las Cámaras Legislativas pueden demandar la inconstitucionalidad de las leyes y contratos por falta de cumplimiento de un trámite, como es, por ejemplo, la aprobación congresual. Entiende el movimiento que “esta decisión implica una pérdida importante del espacio ganado por la ciudadanía a través de decisiones anteriores de la SCJ”. | ||||||||||||||||||||||||||||
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