martes, 25 de agosto de 2009

MVM instruyó asambleístas PRD votar creación Sala Constitucional

25 de agosto de 2009

www.elnuevodiario.com.do


-

El presidente del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) instruyó este martes a los asambleístas de su partido votar a favor por la creación de la Sala Constitucional independientemente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ, cuando el tema se presente en la segunda lectura de la Asamblea Revisora. El ingeniero Miguel Vargas Maldonado rechazó las declaraciones el presidente de la SCJ, doctor Jorge Subero Isa, quien advirtió que el país lloraría lágrimas de sangre si los asambleístas aprueban el organismo en cuestión.

En una reunión de casi dos horas y a puerta cerrada en el bloque de diputados con sus legisladores, Vargas Maldonado también instó a éstos para que se mantenga el artículo 30 en la nueva reforma constitucional, el cual establece que se respete la vida desde la concepción hasta la muerte.

Mientras que el vocero de la bancada de diputados del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Alejandro Montas, informó que el presidente Leonel Fernández lo instruyó a votar por una Sala Constitucional pero que dependa de la SCJ.

Por otra parte, Vargas Maldonado pidió a los senadores y diputados de su partido aprobar sólo los préstamos que vengan de los organismos multiláteras, como son el Banco Mundial (BM) y Banco Interamericano de Desarrollo (BID), destinado para la construcción de acueductos y el mejoramiento del sistema energético.

Dijo que está de acuerdo que el gobierno dominicano firme con Fondo Monetario Internacional (FMI), ya que las autoridades no han hecho el más mínimo esfuerzo por establecer un plan de austeridad y que por el contrario mantiene un dispendo de los recursos del Estado.

En cuanto a la ley de Partidos Políticos, dijo que ésta va ser un instrumento que va fortalecer el sistema político del país, pero que además va crear determinada garantía en lo que tiene ver tránsfuguismo, el cual ha lesionado en determinado proceso electoral. Dijo que por eso su partido está valorando que ésta se apruebe tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado

Rodríguez Pimentel admite utilizó fondos cooperativa para cubrir déficit INDRHI


25 de agosto de 2009

www.elnuevodiario.com.do


-

El ex director del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI), Héctor Rodríguez Pimentel, admitió este martes que utilizó 12 millones de pesos de la cooperativa de la institución para cubrir un déficit presupuestario de su administración.

“Los últimos diez meses de nuestra gestión tuvimos una situación económica precaria, la partida de capital no fue enviada durante ese período de tiempo, por lo que se acumuló un déficit presupuestario de alrededor de 300 millones de pesos, los que fueron traducidos en deudas”, señaló.

Explicó que utilizó los ahorros de los empleados para alegadamente hacer frente a ocho fenómenos atmosféricos que azotaron al país durante su gestión.

“Durante el tiempo que estuvimos al frente del INDRHI enfrentamos ocho fenómenos atmosféricos entre éstos Noel y Olga, las tormentas Ike, Gustav y otras tres que azotaron al país en el 2008”, enfatizó el recién nombrado director del Instituto Agrario Dominicano (IAD)

Negó que el Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo haya embargado las cuentas del INDRHI, por el uso de los 12 millones de pesos de la cooperativa.

Sin embargo, el embargo a las cuentas del INDRHI fue hecho mediante acto de alguacil número 1021-09, de fecha 14 de agosto, y acusa de fraude en la cooperativa a su ex director Rodríguez Pimentel.

Rodríguez Pimentel fue abordado por los periodistas luego de sostener un encuentro con representantes del sector avícola nacional en el Instituto Agrario Dominicano (IAD).

El dirigente reformista sostuvo que antes de ser destituido del INDRHI, ya existía un acuerdo de pago con la cooperativa.

Calificó como una falacia la denuncia del actual director del INDRHI, Frank Rodríguez de que las cuentas de esa institución están embargadas, producto de la deuda con la cooperativa.

Dijo que las cuentas de las instituciones del Estado son inembargables porque están en el Banco de Reservas, que es estatal.

Denuncian violación DR-Cafta en asignación cuotas importación habichuelas

25 de agosto de 2009

www.elnuevodiario.com.do


-

La empresa Granos Nacionales, S.A. interpuso por ante el Tribunal Contencioso y Tributario y Administrativo un recurso en procura de la nulidad de la asignación de las cuotas de importación de habichuelas correspondiente al presente año, por considerar que esos contingentes arancelarios violan cláusulas del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos y Centroamérica (DR-CAFTA).

En la asignación de esas cuotas resultó beneficiada una empresa supuestamente vinculada a un funcionario de la Presidencia de la República, señala la demanda.

La demanda dice que la Comisión para las Importaciones Agropecuarias del Estado Dominicano, “hizo una asignación arbitraria y caprichosa, al margen de lo que dispone el Decreto No.- 748-08, expedido por el Presidente de la República, en fecha 28 de noviembre de 2008”. La comisión está conformada por los secretarios de Estado de Agricultura, Industria y Comercio y Administrativo de la Presidencia, así como por la Dirección General de Aduanas.

El citado decreto señala que el 80 % de los “contingentes arancelarios” o cuotas de importación debe ser distribuido entre los importadores tradicionales y el 20 % restante a importadores nuevos.

Granos Nacionales, S. A. señala en su recurso que la condición de importador tradicional “se deriva de tener un histórico de importaciones en los tres años inmediatamente anteriores al año de la asignación”, según las cláusulas del DR-CAFTA.

La empresa que preside el industrial e importador Manuel Castillo Pimentel dice también en su demanda que la asignación correspondiente al presente año “a los importadores tradicionales sólo se le asignó el 41.41 %, mientras que el resto (58.59 %) le fue asignado a importadores nuevo”.

El Lic. Olivo Rodríguez Huertas, abogado representante de la empresa, refirió durante la audiencia que conoció la solicitud de medida cautelar, que “el mayor beneficiario con parte de las asignaciones que correspondían a los importadores tradicionales lo ha sido la empresa Agroindustrial Río Blanco, S. A., vinculada a un funcionario de la Presidencia de la República!, que no identifica.

Agrega que en su recurso, Granos Nacionales, S.A. ha solicitado a la presidenta del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo, la magistrado Sarah Henríquez Marín, que “mientras el referido tribunal conoce de la solicitud de nulidad de asignación de contingentes arancelarios 2009, disponga provisionalmente la suspensión de dicha asignación, y le ordene a la Dirección General de aduanas abstenerse de otorgar la exención arancelaria a las importaciones de habichuelas que sean realizadas en base a la referida asignación”.

El recurso de nulidad fue interpuesto en fecha 3 del presente mes y hecho público por los abogados de la empresa ayer miércoles 25.

JCE escoge modo de votación separada del 2010 en municipios y distritos municipales

25 de agosto de 2009

www.elnuevodiario.com.do



-

La Junta Central Electoral dispuso mediante resolución disponer la aplicación de la ley 176-07 sobre el Distrito Nacional y los municipios, que se incluya la celebración de las elecciones en los distritos municipales en la misma fecha que las elecciones congresuales y municipales del 16 de mayo del 2010, en la cual se escogerán las autoridades correspondientes a dichas demarcaciones, las cuales serán incluidas y especificadas en la proclama que tenga a bien dictar la Junta Central Electoral a propósito del referido proceso electoral.

El documento dispone además que la escogencia de las autoridades de los distritos municipales se haga mediante el voto directo de los electores en cada distrito municipal en los mismos colegios electorales ya que existen en dichas demarcaciones.

En su artículo tercero resuelve que se disponga que el sistema de votación a implementarse para el nivel municipal consista en elecciones por separado de las autoridades de los municipios y las de los distritos municipales.

En el párrafo 1 de la referida resolución se señala que corresponderá a los electores de los municipios escoger a las autoridades de su demarcación, es decir, el síndico, los regidores y sus respectivos suplentes.

En el siguiente establece que corresponderá a los electores de los distritos municipales escoger a las autoridades de su emarcación, es decir, el director y los vocales de su correspondiente distrito municipal.

El cuarto reza que al momento de ser recibida las candidaturas municipales las juntas electorales velarán porque los partidos y agrupaciones políticas depositen por ante las mismas, las candidaturas correspondientes a los distritos municipales de su juridicción y que se incluya en ellas a por lo menos un 33 por ciento de mujeres en lugares alternos respecto a los hombres.

En el quinto parráfo dice que los votos obtenidos por un partido o agrupación política en un distrito municipal solo les serán computados a las candidaturas a director y vocales presentadas por el partido o agrupación política en esa demarcación; y no serán computables a las candidaturas que ese partido o agrupación política haya pre sentado para síndico y regidores del municipio al que pertenezca el distrito municipal. De igual forma, los votos obtenidos por un partido o agrupación política en las candidaturas de síndicos y regidores del municipio correspondiente, no les serán computados a las candidaturas de director y vocales de los distritos municipales que formen parte del municipio.

Por último, ordena que esta resolución sea comunicada a todos los partidos políticos y agrupaciones reconocidas por la Junta Central Electoral, las Juntas Electorales de todo el país y a todos los ciudadanos en sentido general.

Demarcaciones Electorales

Otra resolución de la Junta Central Electoral, establece la ratificación de la ley 176-07 sobre el Distrito Nacional y los municipios en el sentido de incluir la celebración de elecciones en los distritos municipales , a partir de las elecciones congresuales y municipales del 16 de mayo del 2010, en la cual se escogerán las autoridades creadas para dichas demarcaciones , las cuales serán incluidas y especificadas en la proclama que tenga a bien dictar la JCE a propósito del referido proceso electoral.

Establece, además, que la escogencia de las autoridades de los distrito municipales se haga mediante el voto directo de los munícipes inscritos en los mismos colegios electorales que ya existen en dichas demarcaciones.