Francisco Domínguez Brito.

Domínguez Brito señala acceso a la información y la privacidad

Todos los artículos aprobados de la reforma a la Constitución relativos al acceso a la información, la privacidad, el carácter público y el privado tienen que ser revisados y redactados nuevamente, porque “hubo demasiada confusión” sobre ellos, advirtió ayer el asambleísta y presidente de la comisión de Justicia del Senado, licenciado Francisco Domínguez Brito.

“El tratamiento de estos artículos debe ser muy fino, hay que hilarlos. Yo diría que es muy importante que ese capítulo sea revisado para la segunda lectura”, significó el representante de Santiago sobre los artículos 35 y 40.

“Tiene que haber una delimitación mucho más clara de lo que tiene carácter público y de lo que no, y de que sea fortalecido el derecho al acceso a la información”, sostuvo Domínguez Brito.

Tras expresar que toda persona tiene derecho a la información, el legislador y jurista advierte que “hay cosas de naturaleza privada, a las que no tiene derecho”.

Por ejemplo, dijo, nadie tiene derecho a conocer la orientación sexual de otra persona.

“Además, el Estado puede perfectamente, dado el caso, verificar qué yo tengo en el banco, pero cualquier particular no puede decir déjame entrar a tu casa a ver qué tú tienes en tu casa y enséñame todo lo que tienes.”

Manifestó que sobre esos temas “hubo demasiada confusión” porque el sistema de los debates estuvo un poco cerrado, todo el mundo pedía turnos en la sesión de la Asamblea “y las cosas se hicieron así”.

Hábeas Data

Domínguez Brito insistió en que hay que definir mejor qué es información de carácter público y qué de carácter privado.

Consideró que las informaciones que manejan los tribunales “son de acceso público”, así como a nombre de quién está un vehículo cuando se trata, por ejemplo, de un accidente, así como la propiedad inmobiliaria es también pública en los datos y registros.

Entonces, ¿todos los bienes de una persona son de carácter público?, se le preguntó, a lo que el miembro de la Asamblea Revisora y ex procurador general de la República, respondió:

“Depende: si es la propiedad inmobiliaria, por ejemplo, que es parte de un esquema de derecho, tiene carácter público, y actualmente lo tiene. O sea, tú puedes ir a Registro de Títulos y verificar todo lo que hay, porque tú puedes ser un comprador”.

Dijo Domínguez Brito que no debe prohibirse acceso a expedientes.