SANTO DOMINGO.- El presidente de la Cámara Contenciosa Electoral de la Junta Central Electoral (JCE), Mariano Rodríguez Rijo, propuso que en la Reforma a la Constitución dominicana, que se debate en el Congreso Nacional, se incluya la reducción de la cantidad de años para el derecho al sufragio, de manera que a partir de los 16 años los jóvenes puedan ejercer ese derecho.
Rodríguez Rijo expresa que el Código de Protección a los menores y adolescentes, en su artículo 221 y siguientes, contempla la justicia penal de la persona adolescente, estableciendo la aplicación de medidas cautelares y sanciones, a parir de los 13 años.
Consideró que eso demuestra la capacidad que ya a esa edad tienen los jóvenes para diferenciar entre el bien y el mal, entre lo justo y lo injusto, “planteamiento que corrobora la condición de los jóvenes para decidir y participar en el proceso electoral”.
En su propuesta, el magistrado del tribunal de elecciones expresa que las nuevas tendencias proponen cambios en los sistemas políticos y electorales de los países y que una de esas corrientes que más auge ha presentado es la reducción en la edad para ejercer el derecho al sufragio activo, justificado de manera principal, por la incidencia de ese sector poblacional en las economías de sus respectivos países, mediante su inserción en el mercado laboral, el cual es permitido, en la mayoría de los Estados, a partir de los 16 años de edad.
Rodríguez Rijo citó varios países donde en la actualidad se permite el sufragio a partir de los 16 años de edad, entre ellos Suiza, Austria, Cuba, Nicaragua y Brasil.
En el caso de Austria, explicó que el Parlamento de esa nación, además de que permite el sufragio a los 16 años, también disminuyó la edad de 19 a 18 años como mínimo para postularse como senador al parlamento.
“La ley electoral cubana estipula el derecho al voto a partir de la edad de 16 años, restringiendo este derecho solo a los incapacitados mentales, sancionados a privación de libertad (aunque estén con una licencia extra-penal, condicional o sanción subsidiaria) y a las personas privadas de sus derechos políticos”, expresa la propuesta de Rodríguez Rijo en uno de sus párrafos.
Otros países
En tanto que en Brasil, el juez de la JCE refirió que el artículo 14 de su Constitución consagra el voto a partir de los 16 años, dejando de ser facultativo y convirtiéndose en obligatorio a los 18 años.
A juicio del proponente, mantener a ese fragmento de la población apático de la creciente problemática que deriva del sistema político y de su incidencia en el funcionamiento del Estado, es alejarlos de una realidad que quedara bajo su responsabilidad en un mañana cercano.
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