SD. La demora de dos meses y medio del presidente Leonel Fernández para presentar las ternas de los miembros de la Cámara de Cuentas obstaculizó procesos de fiscalización del gasto público y dio muestras de debilidad institucional.
Tan frágil luce la institucionalidad en el país que una entidad de esta naturaleza deja de funcionar y el Estado continúa su marcha -improvisada y sin transparencia-, sin ninguna alteración, y sin que nadie se escandalice, observa el politólogo Francisco Cueto, quien habla de una "ciudadanía de baja intensidad".
El retraso deja sin sujeción a límites de ningún tipo la ejecución que hacen las entidades públicas del dinero de los contribuyentes. Obstaculiza también el cumplimiento de órdenes legales, "como la que dispone que, para la elaboración de su plan anual de auditorías, la Cámara de Cuentas debe tomar en consideración los planes que hasta el 30 de septiembre de cada año debe enviarle la Contraloría General de la República", precisa el jurista Cristóbal Rodríguez.
El experto en derecho constitucional recuerda que, por mandato de la Ley 10-04, al organismo le corresponde realizar una evaluación del presupuesto nacional, lo que incluía al complementario aprobado en agosto.
omisión ilegal
Cristóbal Rodríguez advierte que el "retraso irracional" en la presentación de las ternas podría llevar a materializar la figura de la "inconstitucionalidad por omisión", por "la inacción prolongada e irracional" de un órgano del poder público en la ejecución de mandatos constitucionales, lo que posibilita un juicio al jefe del Poder Ejecutivo ante la Suprema Corte de Justicia. Rodríguez y Cueto hablaron a DL antes de que el Gobierno hiciera su propuesta para la nueva Cámara de Cuentas.
Tan frágil luce la institucionalidad en el país que una entidad de esta naturaleza deja de funcionar y el Estado continúa su marcha -improvisada y sin transparencia-, sin ninguna alteración, y sin que nadie se escandalice, observa el politólogo Francisco Cueto, quien habla de una "ciudadanía de baja intensidad".
El retraso deja sin sujeción a límites de ningún tipo la ejecución que hacen las entidades públicas del dinero de los contribuyentes. Obstaculiza también el cumplimiento de órdenes legales, "como la que dispone que, para la elaboración de su plan anual de auditorías, la Cámara de Cuentas debe tomar en consideración los planes que hasta el 30 de septiembre de cada año debe enviarle la Contraloría General de la República", precisa el jurista Cristóbal Rodríguez.
El experto en derecho constitucional recuerda que, por mandato de la Ley 10-04, al organismo le corresponde realizar una evaluación del presupuesto nacional, lo que incluía al complementario aprobado en agosto.
omisión ilegal
Cristóbal Rodríguez advierte que el "retraso irracional" en la presentación de las ternas podría llevar a materializar la figura de la "inconstitucionalidad por omisión", por "la inacción prolongada e irracional" de un órgano del poder público en la ejecución de mandatos constitucionales, lo que posibilita un juicio al jefe del Poder Ejecutivo ante la Suprema Corte de Justicia. Rodríguez y Cueto hablaron a DL antes de que el Gobierno hiciera su propuesta para la nueva Cámara de Cuentas.
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