sábado, 8 de diciembre de 2007

Gobierno no ha cuantificado sus contrataciones

SANTO DOMINGO.- Las contrataciones de bienes y servicios que el Gobierno realizó en forma directa y sin concurso público, para resolver parte de los daños causados por la tormenta Noel fueron hechas por las instituciones públicas en forma individual y no existe todavía un registro consolidado del volumen y los costos de esos compromisos.

El 31 de octubre pasado, el presidente Leonel Fernández emitió el decreto 627-07, mediante el cual declaró el estado de emergencia para la contratación de bienes y servicios. Esa apertura a la libre contratación de grado a grado se extendió por período de un mes, por lo que debió concluir el pasado 31 de noviembre.

Sin embargo, esas contrataciones no se hicieron a través de la Dirección General de Contrataciones Públicas, ni tampoco fueron registradas en esa institución, como manda la Ley 340-06.

Eric Hazim, director de Contrataciones Públicas, declaró a LISTÍN DIARIO que esa institución, dependiente de la Secretaría de Hacienda, se encarga de trazar las políticas, normas y procesos para contratar bienes y servicios en el Estado.

Pero esas contrataciones, libres de normativas y procedimiento, a causa del estado de emergencia temporal decretado, se realizaron en forma individual en cada una de las instituciones encargadas de resolver los problemas que se presentaron (Secretarías de Obras Públicas, Agricultura y Salud Pública, principalmente, así como las instituciones relacionadas con el suministro de agua potable, reparación de canales y presas y de asistencia social).

Ante la pregunta de si existe un consolidado de lo que contrató el Gobierno durante el mes de emergencia, Hazim señaló que se podría determinar a través de la Contraloría General de la República o de la Oficina Nacional de Presupuesto, en la medida en que se soliciten las cubicaciones para pagos de esos bienes y servicios.

La Ley 340-06, sobre Compras y Contrataciones de Bienes y Servicios, establece los procedimientos que deben seguir tanto el Gobierno Central, como las entidades descentralizadas del Estado, los ayuntamientos y organismos autónomos para la contratación de obras y adquisición de bienes y servicios. Para esas labores se deben convocar concursos y licitaciones públicas, a fin de elegir las mejores ofertas.

Pero la legislación establece en su artículo seis que se excluyen de su aplicación “Las actividades que por razones de seguridad nacional, emergencia o urgencia manifiesta que pudiera afectar vidas o la economía del país, previa calificación y sustentación mediante decreto cuando se trate de entidades del Gobierno Central, descentralizadas y autónomas y por resolución de la máxima autoridad competente cuando se trate de las demás entidades. La tipificación de esta calificación se establecerá en el reglamento de esta ley”.

El decreto 627-07 emitido por el presidente Leonel Fernández emitió el pasado 31 de octubre se amparó el ese artículo, para establecer un estado de emergencia en la contratación de bienes y servicios durante un período de 30 días.


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